Es la acción por medio de la cual se solicita la ayuda de las autoridades para expulsar a una persona ocupante ilegítima de una vivienda. Existen varias situaciones en las que tendremos que acudir a este procedimiento, que se materializa a través de un juicio de desahucio. Es un procedimiento legal que tiene como objetivo que el propietario de una vivienda en alquiler recupere su vivienda ante un incumplimiento de las obligaciones contractuales del inquilino. También aplica a aquellas situaciones donde el inmueble se ha cedido en precario y se busca recuperar la vivienda.
¿En qué casos procede instar un desahucio de una vivienda o inmueble?
Este juicio es un procedimiento judicial, especial y sumario, que sirve para que la persona propietaria pueda recuperar la posesión tanto de un inmueble arrendado como de un inmueble cedido en precario.
Los más habituales son:
- Los desahucios por falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento.
- El desahucio por expiración legal o contractual, es decir, cuando el plazo del arrendamiento ha finalizado y el arrendatario no abandona la vivienda.
- El desahucio por precario, cuando la persona propietaria deja que un familiar o sus amistades vivan en su vivienda durante una temporada sin obligación de pago de ninguna renta y finalmente no desea marcharse de la vivienda.
- El desahucio por ocupas, cuando el inmueble está habitado por los citados ocupas y no desean abandonar la vivienda.
- El desahucio de las viviendas adquiridas por herencia.
Para instar un desahucio es necesario contar con los servicios de un abogado especializado en la materia, y se sugiere que, al primer imprevisto o problema, se ponga en contacto con el mismo, ya que los procedimientos no son tan ágiles como la persona propietaria desearía.
¿Qué es el derecho a enervar el desahucio?
El inquilino dispone de este derecho si, en el plazo de 10 días desde que recibe la demanda del Juzgado, paga todas sus deudas. La enervación es una oportunidad excepcional que permite al inquilino poner fin al procedimiento judicial de desahucio, continuar con su contrato de arrendamiento y evitar su salida de la vivienda.
El arrendatario podrá usar el derecho a enervar el desahucio solo una vez a lo largo de la duración del arrendamiento, es decir, si el inquilino ha enervado anteriormente, no podrá aplicarlo una segunda vez. La enervación de esta acción viene recogida en el artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento civil.
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