La legítima es un derecho reconocido en el Código Civil, un mecanismo que equilibra la libertad de quien realiza un testamento y los derechos de sus familiares más cercanos. Este concepto forma parte del derecho sucesorio y tiene como objetivo proteger los intereses de parientes cercanos de la persona fallecida, por lo que se limita la libertad de quien realiza el testamento para disponer de sus bienes.
Según el artículo 806 del Código Civil, la “Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos”. Dichos “herederos” son:
- La descendencia, es decir sus hijos e hijas. O, en su defecto, nietas y nietos.
- La ascendencia: padres y madres y, en su ausencia, abuelas y abuelos.
- Y aunque no se considera herencia directa, tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia, la persona que enviuda.
Es importante tener en cuenta que las leyes sobre la legítima pueden variar en ciertas comunidades autónomas que cuentan con derecho civil propio, como Cataluña o el País Vasco. En el caso del País Vasco, la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, introduce particularidades que afectan a cómo se calcula y se distribuye la legítima.
Protege tu herencia.
Cómo se calcula la legítima
En el derecho común regulado por el Código Civil, la legítima se divide en las siguientes proporciones:
- Dos tercios del caudal hereditario. Esta parte se reserva para la descendencia. Uno de estos tercios se destina a partes iguales entre los “herederos forzosos”, mientras que el otro tercio puede ser distribuido según la voluntad de quien hace el testamento, conocido como el “tercio de mejora”, ya que suele beneficiar más a una persona.
- Un tercio libre. El testador o testadora tiene plena libertad para decidir a quién lo destina.
Por ejemplo, si una persona fallece dejando bienes por un valor total de 300.000 euros y tiene dos hijas:
- 200.000 euros (dos tercios) constituyen la legítima.
- El testador o testadora podrá disponer libremente de los 100.000 euros restantes.
En el caso del País Vasco, la legítima se limita a una tercera parte de la herencia, conocida como el “tercio de legítima”, lo que otorga mayor libertad para disponer de los bienes que se deja en herencia. Ley 5/2015.
Qué ocurre si se vulnera el derecho a la legítima
Cuando una persona considera que no ha recibido la parte de la herencia legítima que le corresponde por ley, puede iniciar una acción judicial para reclamarla. Este hecho se denomina preterición, que ocurre cuando una persona que debe recibir herencia de forma legítima es omitida intencionada o accidentalmente en el testamento. El artículo 815 del Código Civil establece que dicha omisión puede dar lugar a la nulidad parcial del testamento. Planificar una herencia respetando los derechos de quienes heredan y aprovechando las posibilidades legales es esencial para evitar conflictos y asegurar un reparto justo.
En casos más complejos, como la existencia de bienes donados en vida que afecten el cálculo de la legítima, es recomendable contar con asesoramiento jurídico especializado. Esto es especialmente relevante aquí en Euskadi, donde el Derecho Civil Vasco reconoce la figura de la “apartación”, mediante la cual se puede satisfacer la legítima en vida mediante acuerdos previos, lo que evita litigios posteriores.
Si necesitas asesoramiento personalizado para proteger tus derechos o garantizar que tus decisiones testamentarias cumplen con la legislación vigente, contacta con Bernedo Abogado, experto en derecho sucesorio.





